martes, 27 de noviembre de 2018

PRÓRROGA DEL USO DE SELLO DE CONTADOR PÚBLICO Y AUDITOR EN EL SALVADOR


Según decreto legislativo N° 828, del 26/01/2000, publicado en el Diario Oficial N°42, Tomo N° 346, se aprobó la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría, la cual fue reformada en Decreto Legislativo No. 646 del 29/03/2017, publicada en el Diario Oficial No.218, Tomo 417 del 22 de noviembre de 2017. 



Dicha normativa establece en su artículo 6, un registro de contadores públicos dando a la entidad CONSEJO DE VIGILANCIA DE LA PROFESIÓN DE CONTADORES PÚBLICOS DE EL SALVADOR (CVPCPA) la facultad de inscribir profesionales de la contaduría pública, sean personas naturales o jurídicas, para su ejercicio; para ello llevará un registro, que será público. En este orden dicho Consejo llevará los expedientes y demás registros que sean convenientes para una adecuada y eficaz vigilancia de los contadores públicos, así como para resolver sobre aspectos contables y financieros que sean de su competencia.

También el artículo 12 del mismo cuerpo legal mencionado en su acápite que una realizada la inscripción, se entregará certificación literal de la resolución del Consejo que lo acredita en su calidad de contador público habilitado para ejercer la profesión; asimismo, se le entregará la credencial de identificación de contador público que será extendida y firmada por el presidente y secretario del consejo.

Los profesionales autorizados además de su inscripción están sujetos según la ley en comento y que es parte de lo nuevo según la reforma mencionada al inicio, al uso de SELLO DE CONTADOR PÚBLICO y DE AUDITOR, lo cual está regulado en el artículo 14. Para no perder ningún detalle de lo regulado lo transcribo literalmente:

“SELLO DE LOS CONTADORES PÚBLICOS Y AUDITORES Art. 14.- LOS CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS PARA EJERCER LA AUDITORÍA, DEBERÁN TENER UN SELLO EN FORMA CIRCULAR QUE LLEVARÁ EN LA PARTE SUPERIOR EL NOMBRE Y APELLIDO COMPLETO DEL PROFESIONAL, PRECEDIDO DEL TÉRMINO “AUDITOR”; SI SE TRATARE DE PERSONAS JURÍDICAS, LLEVARÁ LA PALABRA “AUDITORES”, Y EN LA PARTE INFERIOR LA LEYENDA “REPÚBLICA DE EL SALVADOR”. EN EL CASO DE LOS QUE EJERCERÁN LA CONTADURÍA, DEBERÁN TENER UN SELLO EN FORMA RECTANGULAR QUE LLEVARÁ EN LA PARTE SUPERIOR EL NOMBRE Y APELLIDO COMPLETO DEL PROFESIONAL, PRECEDIDO DEL TÉRMINO “CONTADOR”, SI SE TRATARE DE PERSONAS JURÍDICAS, LLEVARÁ LA PALABRA “CONTADORES”, Y EN LA PARTE INFERIOR LA LEYENDA “REPÚBLICA DE EL SALVADOR”.

EN EL SELLO PARA AUDITORES Y CONTADORES, EN AMBOS CASOS, DEBERÁ APARECER AL CENTRO “INSCRIPCIÓN” Y EL NÚMERO, Y LAS INICIALES “CVPCPA” QUE IDENTIFIQUEN AL CONSEJO. EN EL REGLAMENTO DEL CONSEJO SE ESTIPULARÁ LAS DIMENSIONES DE LOS MISMOS.

EL REGLAMENTO ESTABLECERÁ LAS DISPOSICIONES NECESARIAS PARA LA AUTORIZACIÓN DE SELLOS, ASÍ COMO PARA SU REPOSICIÓN EN CASO DE EXTRAVÍO O DETERIORO.

PODRÁ AUTORIZARSE UN DUPLICADO DEL SELLO.

LOS TITULARES DE ESTOS SELLOS SERÁN RESPONSABLES DE SU USO Y SE CONSIDERARÁN OFICIALES PARA LOS EFECTOS PENALES.”

En función a la faculta del control de la profesión contable que por ley le compete al citado Consejo, según acuerdo de fecha 22/12/2017, emitió un comunicado referente a la sustitución de credenciales y sellos, y plazos para dar cumplimiento a las reformas de la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría (LREC), cuyo vencimiento vence el 31 de diciembre del año 2018: sin embargo este día 27/12/2018 el Consejo emite acuerdo sobre prórroga del plazo mencionado en los términos siguientes: 

“Para la sustitución de credenciales y sellos a los contadores públicos autorizados, se amplía el plazo de enero a junio de 2019.

 I.     Para la inscripción de contadores y la emisión de sus sellos, se otorga el plazo de enero a junio de 2019.

II.    Los contadores públicos autorizados por el Consejo, podrán utilizar los sellos que se les ha otorgado, durante el año 2018 y anterior al 1 de julio de 2019.

III.    Los contadores inscritos en el Ministerio de Educación y Ministerio de Hacienda. podrán utilizar los sellos, durante el año 2018 y anterior al 1 de julio de 2019.

DAR CICK AQUI PARA VER EL COMUNICADO DE LA PRORROGA





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