Las leyes en términos generales rigen conductas a partir de su vigencia, pero en casos especiales señalados por la ley se pueden aplicar retroactivamente. Este aspecto es tratado particularmente en el articulo 21 de la Constitución Nacional de El Salvador.
Al respecto les muestro un vídeo corto sobre el tema, pero aplicado al ámbito de los tributos, dando clic al siguiente link:
La retroactividad de la ley
La retroactividad de la ley
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